Bufete Omar Ochoa

Abogado de Reclamación de Seguros de Mala Fe de Texas

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Los reclamantes pueden presentar una demanda de mala fe de seguros en Texas cuando las aseguradoras violan su deber de buena fe y trato justo. Omar Ochoa Law Firm se enfrenta a las aseguradoras, haciéndolas responsables de sus acciones.

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Obtenga la justicia que se merece con nuestro abogado de Texas reclamación de mala fe

Cuando presentas una reclamación válida, esperas que la compañía de seguros pague tus pérdidas. Pero muchas aseguradoras se centran en sus intereses en lugar de los suyos. Cuando una aseguradora no investiga una reclamación de buena fe y la deniega sin una base razonable, la aseguradora ha incumplido sus obligaciones según la ley de Texas.

Omar Ochoa Law Firm ha manejado litigios de mala fe de seguros en todo Texas, incluyendo en Dallas, Fort Worth, Houston y McAllen. Si usted necesita ayuda para presentar una reclamación o su aseguradora mal pagado o negado su reclamo, llámenos al (956) 253-3121 o solicitar una consulta gratuita.

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¿Qué es una reclamación de seguro de mala fe en Texas?

La mala fe en el derecho consuetudinario surge de las decisiones judiciales que reconocen un pacto implícito de buena fe y trato justo entre las aseguradoras y los asegurados. En el caso histórico State Farm contra Simmons, el Tribunal Supremo de Texas estableció que las aseguradoras actúan de mala fe cuando deniegan o retrasan el pago de reclamaciones en las que la responsabilidad es razonablemente clara.

Una reclamación de mala fe se produce cuando su compañía de seguros incumple su obligación de actuar con honestidad y equidad al tramitar su reclamación. La legislación de Texas exige a las aseguradoras que investiguen las reclamaciones de forma razonable, se comuniquen con prontitud y paguen las reclamaciones válidas a tiempo. Cuando incumplen estas obligaciones, actúan de mala fe. Existen dos tipos de reclamaciones de mala fe:

Mala fe en el derecho consuetudinario

Para demostrar la mala fe según el derecho consuetudinario, debe demostrar lo siguiente: que presentó una reclamación válida al seguro, que la aseguradora denegó o retrasó el pago de forma injustificada y que la aseguradora sabía o debería haber sabido que su responsabilidad era razonablemente clara.

Mala fe en el derecho consuetudinario

Mala fe legal

La mala fe legal se refiere a las infracciones del Código de Seguros de Texas, en particular los capítulos 541 y 542. Estas leyes describen prácticas específicas prohibidas y establecen plazos para que las aseguradoras investiguen, comuniquen y paguen las reclamaciones.

Capítulo 541 prohíbe los métodos de competencia desleales y los actos o prácticas desleales o engañosos, incluyendo la tergiversación de los términos de las pólizas, la falta de liquidación rápida de las reclamaciones y la negativa a pagar las reclamaciones sin llevar a cabo una investigación razonable.

El capítulo 542 establece plazos estrictos para que las aseguradoras reconozcan las reclamaciones (15 días), tomen decisiones (15 días hábiles después de recibir los materiales necesarios) y emitan el pago (5 días hábiles después de la aprobación).

Reclamaciones de mala fe que tramitamos

Las compañías de seguros pueden gestionar mal cualquier tipo de reclamación, incluidas las presentadas por el tomador del seguro y las presentadas por alguien perjudicado por el tomador del seguro. Algunos ejemplos de siniestros que tramitamos son:

¿Actúa su empresa de mala fe?

Los abogados de mala fe de seguros en Omar Ochoa Law Firm revisará su reclamo para asegurarse de que su aseguradora juega por las reglas. Póngase en contacto para una consulta gratuita.

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Ejemplos de tácticas de mala fe

Las aseguradoras utilizan muchas tácticas de mala fe durante el proceso de reclamación:

  • Denegar una reclamación sin llevar a cabo una investigación.
  • Retrasar injustificadamente su reclamación
  • No reconocer o responder a sus comunicaciones.
  • Reducir el importe de su reclamación sin una base razonable.
  • Intentar deliberadamente que usted incumpla el plazo de prescripción.
  • Negarse a negociar de buena fe
  • No aceptar o rechazar la cobertura dentro de un plazo razonable.
  • No proporcionar una explicación razonable para denegar una reclamación.
  • Engañarte o mentirte
  • Utilizar retrasos procesales, como cambiar de peritos, para ralentizar su reclamación.

Recuerde que un asegurador de mala fe quiere frustrarle para que desista de su reclamación o acepte una indemnización inferior. Éstas son sólo algunas de las tácticas que pueden utilizar las aseguradoras. Otras acciones que incumplan su póliza o las obligaciones legales de la aseguradora pueden considerarse tácticas de mala fe.

Si cree que está recibiendo un trato injusto, documente sus interacciones con la aseguradora y consulte con un abogado. Muchas aseguradoras saben cómo acercarse al límite de la mala fe sin traspasarlo.

Reclamaciones propias frente a reclamaciones de terceros

La naturaleza de su reclamación por mala fe dependerá de su relación con la compañía de seguros.

Las reclamaciones de primera parte se producen cuando usted es el tomador del seguro y el reclamante. Por ejemplo, supongamos que contrata una póliza de vivienda y sufre daños por viento en un tornado. Si la aseguradora se niega a investigar la reclamación con imparcialidad, usted tiene una reclamación de primera parte basada en el incumplimiento de la póliza de seguro y en la tramitación de mala fe de su reclamación.

Las reclamaciones de terceros se producen cuando usted no es el tomador del seguro, sino simplemente un reclamante. Suele ocurrir cuando la aseguradora emite una reclamación de responsabilidad civil contra alguien que le ha lesionado. Por ejemplo, una compañía de seguros de mala praxis podría tramitar indebidamente su reclamación contra un médico. Texas no reconoce las reclamaciones de mala fe de terceros.

Reclamaciones propias frente a reclamaciones de terceros

¿Qué daños y perjuicios se pueden recuperar en una demanda por mala fe en Texas?

Cuando se demuestra con éxito la mala fe, la ley de Texas permite recuperar daños y perjuicios muy superiores al importe original de la reclamación:

  • Beneficios originales de la póliza: El importe total que su compañía de seguros debería haber pagado en virtud de su póliza.
  • Indemnización por daños y perjuicios triplicada: Según el Código de Seguros de Texas, si se demuestra que la aseguradora infringió la ley a sabiendas, se puede recuperar hasta tres veces el importe de los daños y perjuicios reales.
  • Honorarios de abogados y costas judiciales: La legislación de Texas le permite recuperar los honorarios de abogados y las costas judiciales en las demandas por mala fe que prosperen.
  • Interés: Interés sobre los importes que la aseguradora debería haber pagado, compensándole por el valor temporal del dinero.
  • Angustia emocional y sufrimiento mental: Indemnización por el estrés, la ansiedad y el sufrimiento mental causados por las acciones de su aseguradora.
  • Daños punitivos: En casos que impliquen conducta maliciosa, fraudulenta o gravemente negligente, los tribunales pueden otorgar daños punitivos para castigar a la aseguradora y disuadir futuras conductas indebidas.
  • Daños consecuentes: Gastos de manutención adicionales , pérdida de ingresos, gastos médicos incurridos durante los retrasos, depreciación del valor de la propiedad y daños al crédito por facturas impagadas.

La doctrina Stowers y las reclamaciones de terceros

Si una aseguradora rechaza una demanda Stowers presentada por un tercero y el demandante gana el juicio contra el titular de la póliza, la aseguradora deberá pagar la totalidad de la sentencia, incluso si esta supera la demanda o los límites de la póliza.

Por poner un ejemplo sencillo, supongamos que usted tiene una póliza de seguro de automóvil con un límite de 30.000 dólares. Atropella a un peatón, que le ofrece 25.000 dólares. Su aseguradora rechaza el acuerdo y el peatón gana una indemnización de 40.000 dólares. La aseguradora se ve obligada a pagar 40.000 dólares a pesar de que usted sólo tenía un seguro de 30.000 dólares porque la aseguradora rechazó la demanda Stowers del peatón.

La doctrina Stowers y las reclamaciones de terceros

Estatuto de limitaciones para reclamaciones por mala fe en Texas

Texas establece un plazo de prescripción para presentar una demanda por mala fe en materia de seguros de dos años a partir de la fecha del primer acto de mala fe (Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 16.003). Es difícil determinar la fecha exacta, por lo que le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro abogado lo antes posible. Si no cumple el plazo, su caso será desestimado.

El plazo suele comenzar a contar a partir de la fecha del primer acto de mala fe, aunque determinar esa fecha exacta puede resultar complejo. Puede comenzar cuando: la aseguradora rechaza su reclamación, la aseguradora incumple un plazo legal de pago, usted descubre las prácticas engañosas de la aseguradora o la investigación de la aseguradora concluye.

ERISA y el seguro proporcionado por el empleador

Algunos tipos de pólizas de seguros no pueden ser objeto de una reclamación por mala fe. Las pólizas de seguro proporcionadas por su empleador se rigen por la ley federal ERISA y no por la ley de Texas. Ejemplos de estas pólizas de seguro incluyen basado en el empleador:

  • Seguro médico colectivo Seguro de vida colectivo
  • Seguro de incapacidad a largo plazo Seguro de incapacidad a corto plazo

Dado que estas pólizas están sujetas a ERISA, es posible que tenga derechos limitados para presentar una reclamación por mala fe contra la aseguradora. En su lugar, tendrá que basarse en las obligaciones de la aseguradora descritas en la póliza y en el pacto implícito de buena fe y trato justo. Puede hablar con un abogado experto en seguros para determinar si puede utilizar estos derechos para obtener reparación contra la aseguradora.

Qué hacer si sospechas de mala fe

Si cree que su compañía de seguros está actuando de mala fe, tomar las medidas adecuadas a tiempo puede fortalecer su caso:

Documéntalo todo

Mantenga registros detallados de todas las interacciones: guarde todos los correos electrónicos, cartas y mensajes de texto; tome notas inmediatamente después de las llamadas telefónicas (fecha, hora, con quién habló, qué se discutió); solicite confirmaciones por escrito de las conversaciones verbales; documente con fotografías y vídeos los daños sufridos; guarde los recibos de todos los gastos relacionados con la reclamación.

Solicite todo por escrito.

Pida a su aseguradora que le proporcione respuestas por escrito a sus consultas y explicaciones por escrito de cualquier decisión.

No aceptes la primera oferta.

Las compañías de seguros suelen hacer ofertas iniciales de liquidación muy bajas. Antes de aceptar: solicite una evaluación independiente de los daños, consulte con un abogado para evaluar si la oferta es justa y tenga en cuenta todas sus pérdidas, incluidos los gastos actuales y futuros.

Consulte a un abogado inmediatamente.

Cuanto antes contrate a un abogado, mayores serán sus posibilidades de éxito. En Omar Ochoa Law Firm, ofrecemos consultas gratuitas. No corre ningún riesgo al llamarnos para hablar sobre su situación.

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5.0

El Sr. Ochoa fue capaz de ayudarnos después de un huracán conseguir más para nuestros daños a la propiedad. ¡¡¡También gran personal amable fue capaz de responder a todas las preguntas!!!

Richard Trevino

5.0

La primera vez que conseguir un abogado para un accidente, Omar Ochoa Lw firma fue muy útil en la prestación de instrucciones claras y la información para ayudarme a batalla mi caso de vehículos de motor. Yo recomendaría encarecidamente.

Jodabeni Dondeli

5.0

Recomiendo encarecidamente el bufete de abogados Omar Ochoa. Tuvimos daños en nuestro techo y no estaban satisfechos con nuestro seguro. Nos recomendaron al Sr. Ochoa que realmente hizo todo lo que pudo para ayudarnos a conseguir lo suficiente para reparar nuestro tejado. El personal también es muy amable y servicial. Esto actualmente ayuda a sentirse bienvenido. Una vez más lo recomiendo encarecidamente si usted está buscando ayuda con la reparación del techo y que no estaban satisfechos con el reembolso de su seguro.

Imelda Garza

Orgullosos de hacer justicia en todo Texas

Nos ocupamos de litigios relacionados con seguros en todo Texas, incluyendo, entre otros, Dallas, Austin, Brownsville, el condado de Cameron y el condado de Hidalgo.
Nuestro experimentado equipo de litigantes también representa a clientes en las siguientes áreas:

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Preguntas frecuentes sobre demandas de mala fe en Texas

¿Cuánto tiempo tiene una compañía de seguros para responder a mi reclamación en Texas?

Según el Código de Seguros de Texas § 542.055, las aseguradoras deben acusar recibo de su reclamación en un plazo de 15 días. Disponen de 15 días hábiles tras recibir toda la documentación necesaria para aceptar o denegar la reclamación (§ 542.056), y deben emitir el pago en un plazo de 5 días hábiles tras la aprobación (§ 542.057). El incumplimiento de estos plazos puede constituir mala fe.

¿Puedo demandar a mi compañía de seguros si rechazan mi reclamación?

, puede demandar si la denegación fue injustificada o infringió los términos de su póliza. Sin embargo, primero debe agotar el proceso interno de apelación de la aseguradora. Una reclamación por mala fe requiere demostrar que la aseguradora carecía de una base razonable para la denegación y sabía o debería haber sabido que la reclamación era válida.

¿Cuál es la diferencia entre una denegación de reclamación y la mala fe?

No todas las denegaciones de reclamaciones son de mala fe. Las aseguradoras pueden denegar legítimamente las reclamaciones que no están cubiertas por la póliza o que carecen de pruebas suficientes. Se produce mala fe cuando una aseguradora deniega una reclamación válida sin una justificación razonable, no investiga adecuadamente o utiliza prácticas engañosas para evitar pagar lo que se debe.

¿Cuánto puedo recuperar en una demanda por seguro de mala fe?

Además de las prestaciones de su póliza original, usted puede recuperar el triple de los daños (hasta tres veces los daños reales según el Código de Seguros de Texas § 541.152), los honorarios de los abogados, las costas judiciales, los intereses (18 % anual según § 542.060), los daños por angustia emocional y, potencialmente, los daños punitivos en casos de negligencia grave o conducta maliciosa.